Desde la implementación del Registro de Deudores Alimentarios Morosos (Redam) hace dos años, el escenario legal para los padres que acumulan deudas en cuotas alimentarias ha experimentado un cambio significativo. La Ley 2097 de 2021 estableció el Redam como un mecanismo para asegurar que los padres cumplan con su obligación de cuota alimentaria hacia sus hijos.
El Redam detecta a padres que han incumplido con al menos tres cuotas alimentarias, lo cual complica a los padres irresponsables involucrarse en transacciones inmobiliarias, puesto que ahora, las notarías a nivel nacional solicitan el certificado Redam como requisito esencial para iniciar procesos de compraventa de bienes raíces.
Este cambio implica que, para aquellos que ya están en medio de un proceso de compraventa sin el certificado, el trámite continuará sin inconvenientes siempre y cuando esté a la espera de escritura pública. Sin embargo, para quienes estén por iniciar el proceso de compraventa de propiedades, será obligatorio presentar el certificado Redam en las notarías.
Obtener el certificado Redam es un proceso sencillo. Basta con realizar la inscripción en la página del Redam, que contiene toda la información necesaria, y donde los jueces y comisarios de familia ordenan la inscripción de los morosos. Una vez registrado en la página, el certificado puede descargarse fácilmente.
Esta medida busca fortalecer el cumplimiento de las obligaciones alimentarias y proteger los derechos de los beneficiarios, estableciendo un requisito adicional para aquellos que deseen realizar transacciones inmobiliarias y que se encuentren registrados como deudores de cuotas alimentarias. Este cambio no solo simplifica el proceso de obtención del certificado sino que también promueve la responsabilidad financiera de los padres frente a sus compromisos alimentarios.
Fecha: 23 de enero de 2024